A continuación te facilitamos información sobre procesos relacionados con la maternidad y paternidad. Este será un documento vivo en el que iremos añadiendo vuestras consultas así como novedades relacionadas con la legislación.
Cualquier duda, cuestión o sugerencia al respecto puedes ponerte en contacto a través del email [email protected].
Permiso por exámenes prenatales o preparación del parto
Se recoge como permiso retribuido y su duración va a ser el tiempo indispensable en que la trabajadora haya de ausentarse, incluyendo el tiempo de desplazamiento al centro asistencia y la espera que sea requerida, con la consecuente retribución de ese tiempo de desplazamiento y espera.
Las ausencias por permisos retribuidos deben ir acompañadas del envío de partes o justificantes a [email protected] cuando se disponga de ellos. Para justificar esta ausencia, la Seguridad Social emite un certificado de estos exámenes y las clases de preparación.
Baja maternidad y paternidad
- La baja tiene una duración de 16 semanas naturales que comienza desde el primer día del nacimiento de tu bebé.
- En caso de nacimiento múltiple, sería una semana más por cada hijo/a a partir del segundx bebé. Es decir para un parto gemelar serían 17 semanas de baja.
- El progenitor/a no gestante tiene derecho a anticipar 10 días, respecto al nacimiento de su hijo/a, el inicio de las 16 semanas de permiso.
- Las primeras 6 semanas son obligatorias de forma continuada desde el nacimiento, y las restantes las puedes distribuir como desees.
- Los trámites de la Seguridad Social corren de tu cuenta como persona trabajadora. Para ello te solicitaran, entre otra documentación, un Certificado de Empresa que el equipo de administración se encargan de facilitarte.
- 📥 Para poder recibir este certificado necesitamos que, en cuanto te sea posible, envíes al correo [email protected] la siguiente información:
- Certificado de nacimiento que pueden darte en el mismo hospital o el documento del registro.
- Indicar como deseas disfrutar de la baja, si de forma continuada o con alguna fracción, y en este último caso indicar las fechas para ello.
- En caso de haber estado de baja médica en el última etapa del embarazo, deberás enviar en este mismo email el parte de alta médica.
- Con esta información te enviaremos el Certificado de Empresa a tu email. Puedes aprovechar este momento para indicar tus preferencias sobre el periodo de lactancia y/o vacaciones.
Permiso por lactancia
- Indistintamente, padre y madre, podréis disfrutar de un periodo de lactancia para tu hijo/a hasta que tenga 9 meses. Para ello se disponen de dos opciones que puedes seleccionar:
- Opción 1: Disfrutar de una hora diaria de la jornada productiva para esta cuestión (ya sea una hora completa o en dos fracciones de 30 minutos) hasta que el o la bebe cumpla 9 meses.
- Opción 2: Disfrutar de 15 días laborables de permiso por lactancia. Se trata de un Benefit por parte de Z1 que mejora las condiciones actuales del convenio en las cuáles se indican que el permiso es de 15 días naturales.
- En el caso de partos múltiples, el descanso será ampliado proporcionalmente al número de hijxs. Es decir en caso de nacimiento gemelar, se podrá disfrutar de dos horas diarias productivas para ello o bien 30 días laborables de permiso.
- El indicar la preferencia por algunas de las dos opciones debe comunicarse al menos con 15 días de antelación a la fecha prevista de incorporación, pero animamos a comunicarlo en el mismo email donde solicitáis el certificado de empresa para una mejor organización de los recursos.
- Es habitual que el periodo de lactancia deseéis disfrutarlo seguido de la baja paternal o maternal, pero podréis hacer uso de este permiso hasta que el o la bebé cumplan 9 meses.